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Fernando Borrajo: “La denuncia tendrá recorrido únicamente si se puede aportar un perjuicio económico”

Las reacciones tras el comunicado oficial de los organizadores de la Val d’Aran by UTMB no se han hecho esperar. Contactamos con un abogado que nos explica los derechos de los corredores

Recorrido de la Val d'Aran by UTMB
Recorrido de la Val d’Aran by UTMB
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Más de una semana después lo ocurrido durante el estreno de la Val d’Aran by UTMB sigue dando que hablar, sobre todo, entre los corredores de la VDA y la CDH afectados. La esperada primera edición de la prueba del Pirineo catalán no fue como sus organizadores deseaban. Y es que tras unos días mágicos disfrutando de los bonitos paisajes por los que transcurre la prueba, saltó la noticia a través de las redes sociales: una posible intoxicación entre los participantes de la prueba.

Poco a poco los afectados fueron agrupándose en Facebook, en una comunidad que a día de hoy supera los 500 miembros, para compartir lo que su experiencia y los síntomas que habían tenido durante o en el post carrera: fiebre, vómitos y diarreas durante varios días. Pero, ¿cuál era el origen? Inicialmente se pensó en el consumo de agua que los corredores habían realizado fuera de los avituallamientos, pero pronto se descartó al ser muchos los que reconocían no haber tomado nada que no se les hubiera ofrecido de los puntos de control.

Así, la organización inició una investigación para averiguar el origen del problema, pero tras realizar los análisis pertinentes declaran no haber hallado “un punto de contaminación específico, por lo que seguimos sin esclarecer las causas de lo ocurrido”. Y aunque afirman que seguirán trabajando para saber qué ha podido suceder y se disculpan por las molestias causadas, para los afectados sigue siendo insuficiente y algunos se plantean la idea de dar un paso más: denunciar. Pero, ¿es viable?

En Carreras por Montaña hemos hablado con Fernando Borrajo, abogado especializado en montaña, para que nos lo clarifique.

¿Tienen los corredores derecho a algún tipo de reclamación?

Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que cuando se realiza un evento de las características de la Val d’Aran by UTMB el máximo responsable de todo lo que ocurra durante la carrera es el organizador. Y es que los participantes de estas pruebas se inscriben con el único objetivo de correr, todo lo que se salga de esa meta es responsabilidad del promotor. 

Pongo un ejemplo, el accidente de Jokin Lizeaga en el Trail Pastores de Portudera. Él estaba corriendo y cayó en un agujero que había en el recorrido, estuvo hospitalizado durante un tiempo y decidió reclamar a la organización por los daños que aquello le había ocasionado, ya que la carrera era la responsable de no haber previsto que allí estaba ese hundimiento y que alguien podría precipitarse.

Finalmente, organización y corredor no se pusieron de acuerdo y acabaron en los tribunales, donde la sentencia apuntó que la culpable era la carrera por no haber señalizado bien la zona.

Si lo trasladamos a la Val d’Aran, la organización no puede decir que las aguas que han tomado los corredores por su cuenta no son de consumo humano o potabilizadas y que haberlo hecho está bajo su responsabilidad, ya que deberían haberlo advertido en el reglamento o señalizarlo. Todavía lo es más si la contaminación viene de las aguas que ellos mismos han dado en los avituallamientos.

Es por ello que, tanto si es por una causa u otra, la Val d’Aran by UTMB no puede desentenderse. No es ajeno a lo que ocurre en su carrera.

La jurisprudencia, en última instancia, indica que en estos temas es quien realiza el evento quien debe prever cualquier circunstancia que pueda generar un daño o perjuicio. Aquí no ha habido la dilación suficiente, tanto si el problema es que los corredores han cogido el agua de un arroyo o si el problema estaba en los avituallamientos.

Si los corredores decidieran denunciar, ¿qué recorrido puede tener este tipo de denuncia?


Todas las carreras deben contar con un seguro que cubra accidentes y que asuma los gastos hospitalarios que ha tenido alguien. Por ejemplo, si uno de los afectados ha tenido que estar tres días de baja, podría reclamar a la organización y el seguro sería quien lo cubriría.

En cambio, si los promotores del evento se desentienden al 100% y puedes demostrar que has estado de baja por lo ocurrido, desde luego vas a tener la sentencia a tu favor.

Yo vi el comunicado que la carrera hizo llegar a los participantes en el que explicaba que no hay ninguna investigación oficial abierta en torno al tema.

Lo que tenemos que tener claro es que reclamar por reclamar no procede, hay que aportar cuál ha sido el perjuicio económico que ha supuesto esta situación, como una baja laboral, es decir, debe haber un daño cuantificable económicamente. Así, no podemos pedir una indemnización por lo que ha supuesto moralmente lo sucedido.


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