MUCHAS DUDAS

Fase 1: El deporte federado y amateur sigue, por el momento, restringido al municipio

El último BOE permite libertad de circulación a la provincia, pero no extiende esta flexibilización a los deportistas. Así lo ha confirmado también la Secretaría de Estado a las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas según un documento extraoficial al que hemos tenido acceso.

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Una semana después de las cuatro islas (El Hierro, La Graciosa, La Gomera y Formentera) que sirvieron de avanzadilla, hoy, lunes 11 de mayo, aproximadamente la mitad de los españoles se une a la fase 1 de la desescalada. Para ellos será posible moverse por toda la provincia (isla o unidad territorial de referencia), ver a los seres queridos, asistir a entierros y velatorios, comprar sin cita previa o sentarse en una terraza de un bar o ir a la iglesia, cosas hasta ahora prohibidas.

Sin embargo, y a pesar de las evidentes contradicciones, no hay cambios sustanciales para los deportistas federados y amateurs, que seguirán pudiendo entrenar únicamente por dentro de los límites de su municipio (los primeros también en vehículo) como se establecía en la fase 0.

BOE

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado sábado 9 de mayo una nueva orden, la SND 399/2020, donde se recoge la flexibilización de determinadas restricciones establecidas con el estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Respecto a la libertad de circulación, apunta en el capítulo II que “se permite circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada” y que “deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria”.

Esta libertad en la movilidad no queda explicitada en el apartado específico del deporte, capítulo XII, en el que solo se explican las condiciones de “Apertura de los Centros de Alto Rendimiento”, “Desarrollo de entrenamiento medio en Ligas Profesionales”, “Apertura de instalaciones deportivas al aire libre” y “Actividad deportiva individual con cita previa en centros deportivos”.

Además, también expone en el artículo XIV, que “queda permitida la práctica no profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros, así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas” y que estas podrán comenzar “hasta dos horas antes y terminar hasta dos horas después” si así lo acuerda cada Comunidad Autónoma.

La Orden no apunta ningún cambio respecto a la ubicación de para la práctica deportiva, por lo que sigue rigiendo lo establecido por la Orden SND/388/2020, publicada el pasado domingo 3 de mayo que afirmaba que los deportistas profesionales y de alto rendimiento pueden moverse por toda la provincia, mientras que los federados y el resto de deportistas pueden hacerlo por su municipio (los primeros con posibilidad de desplazarse en su vehículo).

Muchas dudas sin resolver

De este modo, la libertad de circulación permitida por la provincia en términos generales contradice las restricciones al término municipal que se establecen para el deporte federado y amateur. ¿Qué norma está por encima?

Esa misma duda le han planteado las Delegaciones del Gobierno en las diferentes comunidades autónomas a la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública en un documento extraoficial al que CARRERASPORMONTANA.COM ha tenido acceso:

  • Pregunta de la DGLR: En el caso de movimientos entre localidades, para la salida a la calle, aclarar cuál es la franja horaria que se aplica. Es decir, si alguien de una ciudad va a una localidad de menos de 5.000 habitantes, saber si está liberado de las limitaciones de su lugar de origen y tiene todo el día para pasear o hacer deporte. Respuesta de la Secretaría de Estado: Las actividades de paseo y deporte están reguladas en la OM 380 y se mantiene vigente. No se puede ir a hacer el paseo o deporte a otra localidad”.
  • Pregunta de la DGNav: ¿Es posible realizar deporte por toda la comunidad, por ejemplo, andar en bici, o se mantiene la restricción a los límites dentro del municipio y franjas horarias?
    Respuesta de la Secretaría de Estado: Se mantiene la regulación anterior.
  • Pregunta de la DGNav: ¿Puedo ir con mi familia a pasar el fin de semana a un hotel a 100 km. de mi municipio? Se supone que se puede hacer turismo, ¿pero me tendré que ceñir a las restricciones y franjas horarias que tenga dicho municipio a la hora de salir del establecimiento?
    Respuesta de la Secretaría de Estado: Las franjas son las para las actividades reguladas con anterioridad. Expresamente no puedes ir a hacer deporte o pasear a otro municipio como única actividad.
  • Pregunta de la DGMur: ¿La movilidad para la práctica del deporte federado se extiende a toda la provincia?
    Respuesta de la Secretaría de Estado: No
  • Pregunta de la DGPV: ¿Se puede hacer deporte federado, por ejemplo nadar en el mar, en otro municipio?
    Respuesta de la Secretaría de Estado: No
  • Pregunta de la DGAst: ¿Sigue vigente el límite del municipio para las prácticas deportivas?
    Respuesta de la Secretaría de Estado:
  • Pregunta de la DGLR: ¿ Se pueden realizar cicloturismo, ciclismo no federado, fuera de los límites del término municipal pero dentro de la Provincia? [DGL-R]
    Respuesta de la Secretaría de Estado: Continua la anterior regulación
  • Pregunta de la DGCan: Respecto al deporte no profesional aclarar si se pueden mover por el municipio exclusivamente o por toda la unidad territorial y si sigue la prohibición de usar vehículo de motor para desplazarse a hacer deporte
    Respuesta de la Secretaría de Estado: Se mantiene la regulación anterior.

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